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3 de marzo del 2006


Argelia

Ley de impunidad


Amnistía Internacional, marzo del 2006.



Un decreto presidencial consagrará la impunidad por delitos tipificados en el derecho internacional, así como por otros abusos contra los derechos humanos, e incluso amordazará el debate abierto al criminalizar el debate público sobre la década de conflicto que ha afectado al país, han advertido hoy las organizaciones de derechos humanos Amnistía Internacional, Human Rights Watch, el Centro Internacional para la Justicia Transicional y la Federación Internacional de los Derechos Humanos.

El 27 de febrero, el gobierno argelino en pleno, presidido por el presidente Abdelaziz Bouteflika, aprobó el Decreto de Implementación de la Carta para la Paz y la Reconciliación Nacional, eludiendo el debate en el parlamento, que no está actualmente en periodo de sesiones. El texto íntegro de la ley no se reveló antes de su aprobación.

Las cuatro organizaciones de derechos humanos han calificado las medidas sobre impunidad contenidas en la ley de importante revés para los derechos humanos en Argelia. Las medidas incluyen una amnistía general que se extenderá a las fuerzas de seguridad y, aparentemente, también a las milicias armadas por el Estado, al tiempo que amplía las amnistías parciales anteriores para miembros de grupos armados, todos los cuales han cometido delitos tipificados en el derecho internacional y otros abusos graves contra los derechos humanos que no se han investigado hasta la fecha. El gobierno presentó la ley como la "implementación" de la Carta para la Paz y la Reconciliación Nacional del presidente Bouteflika, que los argelinos aprobaron en un referéndum celebrado el 29 de septiembre de 2005. Sin embargo, esa carta no mencionaba expresamente ninguna amnistía para los miembros de las fuerzas de seguridad.

Confirmando los temores expresados por las organizaciones firmantes en una declaración conjunta del 14 de abril de 2005, las nuevas medidas propuestas equivalen a una denegación de la verdad y la justicia para las víctimas de los abusos y sus familias, pues prohibirán que tanto las víctimas como sus familias reclamen justicia en Argelia, e impedirán que se conozca la verdad sobre estos abusos por medio de los tribunales argelinos. Estas medidas, que se extienden a crímenes contra la humanidad y otros abusos graves, son contrarias a las obligaciones contraídas por Argelia en virtud del derecho internacional de investigar tales abusos, hacer que sus responsables respondan de sus actos y proporcionar una reparación judicial a las víctimas.

Argelia está saliendo de una década de conflicto interno en la que han perdido la vida hasta 200.000 personas y varios miles han "desaparecido". Hasta la fecha, las autoridades argelinas no han investigado la mayoría de los abusos contra los derechos humanos cometidos por grupos armados y las fuerzas de seguridad del Estado desde que se inició el conflicto en 1992.

En lugar de impedir que se cometan más abusos poniendo fin a esta impunidad de hecho, las autoridades argelinas han decretado ahora una amnistía general por los abusos cometidos. En el capítulo titulado "Medidas de reconocimiento de los artesanos de la salvaguardia de la República Democrática y Popular de Argelia", la ley estipula, según la versión del texto publicada en los periódicos argelinos:

"Artículo 44: Los ciudadanos que, por medio de su implicación o determinación, han contribuido a salvar a Argelia y a proteger las instituciones de la nación, han realizado actos de patriotismo.
"Artículo 45: No se podrá iniciar ningún procedimiento judicial contra personas o entidades colectivas pertenecientes a cualquier componente de cualquiera de las fuerzas de defensa y de seguridad de la República, por acciones realizadas con el fin de proteger a personas y propiedades, salvaguardar la nación o preservar las instituciones de la República Democrática y Popular de Argelia. Las autoridades judiciales competentes desestimarán de forma sumaria todas las acusaciones o denuncias."

Aunque el texto no menciona expresamente a los miembros de las milicias civiles armadas por el Estado, conocidas como "Grupos de Autodefensa Legítima", las expresiones "artesanos de la salvaguardia de la República" y "pertenecientes a cualquier componente de cualquiera de las fuerzas de defensa y de seguridad de la República" sugieren que la amnistía abarca de hecho todos los abusos cometidos por miembros de estos grupos.

El decreto también prevé una amnistía para los miembros de grupos armados que se rindan o estén en prisión, siempre que no hayan "cometido, o sido cómplices o instigadores de, actos de matanzas colectivas, violación o el uso de explosivos en lugares públicos". Sin embargo, estas excepciones, con independencia de que sean apropiadas, no se extienden a otros delitos graves, lo que sugiere que los miembros de grupos armados que hayan asesinado a una o varias personas saldrán en libertad, siempre y cuando los homicidios no tuvieran carácter colectivo. La amnistía abarcaría también otros delitos graves cometidos por grupos armados, incluidos la tortura y el secuestro de personas que siguen en paradero desconocido.

Por otro lado, no se han facilitado detalles sobre el mecanismo o el proceso que se seguirá para determinar si los miembros de grupos armados que soliciten la amnistía no pueden beneficiarse de ella por su implicación en "matanzas colectivas, violaciones o el uso de explosivos en lugares públicos". Dada la práctica ausencia de investigaciones sobre estos crímenes cuando se cometieron, aplicar ahora un proceso exhaustivo de veto para excluir a sus autores de la amnistía requeriría mucha voluntad política y recursos del Estado. La Ley de Concordia Civil de 1999 creó un mecanismo de revisión que funcionaba de forma arbitraria y carecía de transparencia, que desembocó en una amplia impunidad de hecho por abusos cometidos por los grupos armados.

La ley propone también indemnizar a las familias de personas "desaparecidas", muchas de las cuales sufren penurias económicas. No hay garantía de que esta indemnización sea proporcional a la gravedad del abuso y el daño sufridos, tal como exigen las normas internacionales. Los pagos de indemnizaciones están subordinados a que las familias obtengan certificados de defunción de sus familiares "desaparecidos", medida a la que se oponen muchas de ellas mientras el Estado no les diga la verdad sobre la suerte que han corrido sus seres queridos. El resumen ni siquiera menciona el derecho de estas familias a esta información. Tras años de promesas incumplidas por las autoridades de investigar y dar a conocer la verdad, esta nueva medida tiene por objeto erigir una barrera permanente hacia esa verdad, máxime porque las disposiciones sobre impunidad citadas impiden que los familiares pidan información y justicia en los tribunales nacionales, sea mediante pleitos civiles o penales.

Quizá lo más inquietante de todo es que la nueva ley trata de poner fin no sólo a los enjuiciamientos por los delitos cometidos, sino incluso al debate público al respecto. Su artículo 46 establece que:

"Cualquier persona que, de palabra, por escrito o de cualquier otro modo, utilice o explote las heridas de la Tragedia Nacional para perjudicar a las instituciones de la República Democrática y Popular de Argelia, debilitar el Estado o menoscabar la buena reputación de sus agentes que lo sirven con honor, o empañar la imagen internacional de Argelia, será castigada con una pena de entre tres y cinco años de prisión y multa de 250.000 a 500.000 dinares."

Esta disposición amenaza el derecho de las víctimas y sus familias, de los defensores de derechos humanos, de los periodistas y de cualquier otro argelino a documentar, protestar por, o comentar de forma crítica, la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado durante los años de conflicto interno. Incluso amenaza con penalizar a las familias de los "desaparecidos" que sigan haciendo campaña para que se conozca la verdad sobre la suerte de sus familiares. En un momento en que las autoridades argelinas enjuician agresivamente a periodistas que trabajan en medios de propiedad privada por informar de forma independiente y hacer críticas, y cuando los medios de comunicación estatales prácticamente no permiten las opiniones disidentes, las leyes que se basen en esta formulación reducirán aún más el espacio para la libertad de expresión en Argelia y para conocer la verdad sobre el pasado.

El artículo 47 del decreto faculta al presidente "en virtud del mandato que le otorga el referéndum del 29 de septiembre de 2005" para "en cualquier momento, adoptar todas las medidas necesarias para poner en práctica la Carta para la Paz y la Reconciliación Nacional". Esta facultad general del presidente va en detrimento del Estado de derecho en Argelia y abre las puertas a nuevas medidas que den impunidad a los autores de abusos o limiten la libertad de expresión. Una disposición similar de la ley de amnistía parcial de 1999, conocida como Ley de Concordia Nacional, hizo que el presidente Bouteflika concediera en enero de 2000 una amnistía general a todos los miembros de dos grupos armados que accedieran a deponer las armas, con independencia de su posible implicación en abusos graves contra los derechos humanos.

Las organizaciones firmantes reconocen que el legado del pasado de Argelia debe ser abordado en la forma que decidan los propios argelinos. Sin embargo, un referéndum nacional como el celebrado el 29 de septiembre de 2005 no puede ser el medio por el que un gobierno eluda sus obligaciones internacionales con la adopción de una ley nacional contraria a ellas. El respeto y la protección de los derechos humanos fundamentales, así como el derecho a saber la verdad y a obtener justicia no pueden estar supeditados a un voto mayoritario.

Las amnistías, indultos y medidas nacionales similares que desemboquen en la impunidad por crímenes contra la humanidad y otros abusos contra los derechos humanos como torturas, ejecuciones extrajudiciales y "desapariciones", son contrarios a los principios fundamentales del derecho internacional. Autoridades como el secretario general de la ONU, órganos autorizados de la ONU y regionales y tribunales internacionales han declarado que no deben promulgarse amnistías ni medidas similares que concedan impunidad por crímenes tipificados en el derecho internacional ni otros abusos graves contra los derechos humanos.

El gobierno argelino no ha extendido invitaciones a expertos de la ONU que han solicitado hace tiempo visitar el país para realizar investigaciones, como el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, el relator especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias y el relator especial de las Naciones Unidas sobre la cuestión de la tortura. Las organizaciones firmantes piden al gobierno que envíe invitaciones sin demora a estos expertos. El gobierno también debe facilitar las visitas de la relatora especial sobre la violencia contra la mujer y del relator especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión, acordadas en principio, pero aún sin programar.

Las organizaciones firmantes reiteran su llamamiento al gobierno argelino para que respete el derecho de todas las víctimas de abusos graves contra los derechos humanos a la verdad, la justicia y a una reparación completa. Las organizaciones consideran que estas garantías son esenciales para cualquier proceso de reconciliación. Lamentablemente, en la mayoría de los aspectos, la ley propuesta lleva a Argelia en dirección contraria al conceder una impunidad general e impedir los esfuerzos por investigar e incluso debatir hechos de trascendental importancia del pasado reciente del país.



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