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La insignia
23 de diciembre del 2006


ONU

Esperanzador final de año


Amnistía Internacional, diciembre del 2006.



Convención sobre las desapariciones

Amnistía Internacional acoge con gran satisfacción la aprobación hoy, 21 de diciembre de 2006, en la Asamblea General de un nuevo e importante tratado de derechos humanos, la Convención Internacional sobre la Protección de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada. Puesto que la resolución se ha aprobado por consenso, todos los Estados miembros de la ONU han mostrado la determinación unánime de poner fin a las desapariciones forzadas donde quiera que se produzcan e impedir que se repitan en el futuro.

"Es una medida histórica de la Asamblea General en la lucha por poner fin a una de las formas más perniciosas de violación de derechos humanos -ha señalado Amnistía Internacional-. Lamentablemente, las desapariciones forzadas son todavía un fenómeno presente en gran número de países de todas las regiones del mundo. Ahora, todos los Estados deben ratificar la Convención lo antes posible y hacer una declaración en la que reconozcan la competencia del comité establecido con arreglo a ella para atender las denuncias de incumplimiento por otro Estado Parte de las obligaciones contraídas en virtud de la Convención."

Para Amnistía Internacional son motivo de preocupación todas las desapariciones forzadas, incluidas las que adoptan la forma de entrega extraordinaria de detenidos y reclusión en centros secretos de detención.

La nueva Convención llena un importante vacío y es un documento sólido y de características innovadoras. Durante más de 25 años, familiares de personas desaparecidas, gobiernos y organizaciones no gubernamentales se han esforzado por dar vida a este tratado histórico de derechos humanos.

Resoluciones sobre países

La Asamblea General ha adoptado también tres resoluciones en las que se pone de relieve la grave situación de los derechos humanos en Bielorrusia, la República Popular Democrática de Corea e Irán. Amnistía Internacional lamenta que, una vez más, Rusia e Irán presentaran una moción de no acción en relación, respectivamente, con proyectos de resolución sobre Bielorrusia e Irán, especialmente porque la Tercera Comisión había aprobado ya resoluciones específicas sobre estos países. La organización acoge con beneplácito la decisión de la mayoría de los miembros de la Asamblea General de, una vez más, rechazar estas maniobras políticas dirigidas a impedir a la Asamblea cumplir con su deber de examinar cada situación de país por separado. Amnistía Internacional se opone en principio a toda moción de no acción.

Abolición de la pena de muerte

Amnistía Internacional acoge con satisfacción que 85 países de todas las regiones del mundo hayan expresado honda preocupación por el uso de la pena de muerte. En una declaración ante la Asamblea General, han pedido a todos los Estados que mantienen aún la pena capital que procedan a abolirla totalmente y, mientras tanto, declaren la suspensión de las ejecuciones.

Información complementaria

La práctica de las desapariciones forzadas, que se manifestó una vez en gran escala en diversos Estados en las décadas de 1970 y 1980, especialmente en la región de Latinoamérica, ha reaparecido recientemente como medio ilegítimo de hacer la "guerra contra el terror".

La Convención entrará en vigor 30 días después de haber sido ratificada por 20 Estados. El 6 de febrero de 2007 se celebrará en París una ceremonia de firma. Probablemente, el Comité sobre las Desapariciones Forzadas sólo podrá atender casos iniciados tras la entrada en vigor de la Convención y una vez que el Estado afectado sea Parte en ella.

En la nueva Convención se define la "desaparición forzada", se determina que constituye un delito según el derecho internacional y se obliga a los Estados a detener a las personas responsables de tal práctica que se encuentren en su territorio y a entregarlas, extraditarlas o procesarlas. Todos los Estados Partes en la nueva Convención deben tomar medidas preventivas, como la prohibición absoluta de la reclusión en secreto y la posibilidad de que los parientes de la persona desaparecida o un abogado ejerzan el derecho de hábeas corpus. Asimismo, en la nueva Convención se reafirma el derecho de las víctimas a conocer la verdad, y todos los Estados Partes en ella deben garantizarles el derecho a obtener reparación e indemnización justa y adecuada con prontitud. La nueva Convención ampara no sólo a las personas desaparecidas, sino también a las que hayan sufrido daño a causa de la desaparición, como sus familiares. Obliga a tomar medidas especiales para proteger a los menores desaparecidos o cuyos padres hayan desaparecido.

El Comité sobre las Desapariciones Forzadas, establecido en virtud de la Convención, desempeñará una función decisiva en la prevención de las desapariciones. Estará facultado para ver con urgencia peticiones específicas de búsqueda de una persona desaparecida y para solicitar permiso para visitar un Estado Parte sospechoso de cometer violaciones graves de los procedimientos de la Convención. Si recibe información sobre la comisión de desapariciones forzadas de manera generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado Parte, podrá someter con urgencia tal situación a la consideración de la Asamblea General.

En el último informe (E/CN.4/2006/56) del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, establecido por la antigua Comisión de Derechos Humanos de la ONU, se expresó honda preocupación por el gran número de nuevas desapariciones que se habían comunicado el año anterior (2005), a saber: 535 nuevos casos en 22 Estados. El Grupo de Trabajo expresó especial preocupación por las desapariciones ocurridas en el contexto de la denominada "guerra contra el terror".

La Tercera Comisión de la Asamblea General adoptó cuatro resoluciones sobre situaciones de país, a saber: Bielorrusia (rechazada tras una moción de no acción), la República Popular Democrática de Corea, Myanmar (rechazada tras una moción de no acción) y la República Islámica de Irán (rechazada tras una moción de no acción). La Asamblea General aprobó resoluciones sobre Bielorrusia (72-32-69), moción de no acción rechazada 67-79-31; la República Popular Democrática de Corea (99-21-56), y la República Islámica de Irán (72-50-55), moción de no acción rechazada 75-81-24. Está semana tomará una decisión sobre el proyecto de resolución relativo a Myanmar.



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