Mapa del sitio | Portada | Redacción | Colabora | Enlaces | Buscador | Correo |
2 de septiembre del 2005 |
Luis Peraza Parga
Entre las historias que corren libremente por la imaginación de la gente y que son conocidas como leyendas urbanas, se encuentra la de la persona narcotizada que despierta dentro de un recipiente lleno de hielo con el vientre abierto y con los riñones o cualesquiera otros órganos extraídos. Los médicos argumentan que esto es imposible porque no se dan las condiciones médicas para su extracción, conservación y traslado, independientemente de que logre sobrevivir la víctima. Sin embargo, todas esas condiciones se dan en los hospitales.
Las enormes y largas listas de espera de donación de órganos de pacientes compatibles han dado lugar a que pudiera abrirse un lucrativo mercado negro de compraventa de órganos. La Convención de Derechos Humanos y Biomedicina del Consejo de Europa impide cualquier tipo de restricción a la prohibición de comercializar órganos o productos del cuerpo. El principio de gratuidad es absoluto. Es decir, en ningún caso (aunque fuera importante para la seguridad pública, la prevención de delitos, la protección de la salud pública y los derechos de terceros) se podrá obviar esta prohibición absoluta de comercialización. Es el principio de la dignidad humana el que subyace en dicha protección. La donación de órganos y tejidos para trasplantes está permitida siempre que se cumplan una serie de exigencias: que se realice para satisfacer una necesidad exclusivamente terapéutica del receptor, no esté disponible el tejido u órgano de un muerto, no existan métodos terapéuticos alternativos de eficacia comparable y, por último, se produzca consentimiento libre, informado y con posibilidad de retractarse, por escrito o ante funcionario, del donante. El trasplante de órganos de un recién nacido, obviamente, no cumple esas condiciones; en este sentido, la Convención admite la donación de personas incapaces pero sometiéndola a controles aún más rigurosos. Sobre los supuestos secuestros de recién nacidos en hospitales de Ucrania, con fines de comercialización de sus órganos, se cometen varios delitos contra las personas y contra la comunidad internacional: desapariciones forzadas de bebés, tortura y extracción ilegal y horrenda de órganos vitales. Una relatora suiza de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa viaja estos días a investigar concretamente el caso de dos bebés nacidos a finales del 2002 en una misma clínica ucraniana que fueron dados por muertos horas después del alumbramiento; a los padres se les negó la posibilidad -solicitada reiteradamente- de ver los cuerpos y posteriormente se descubrieron varios cadáveres de recién nacidos, con órganos vitales extraídos, en el basurero biológico del hospital. Una ONG local ha llegado a afirmar que podrían haberse producido trescientas desapariciones similares entre el 2001 y el 2003. Incluso en Moldavia aparecen anuncios de periódico en los que se anima a las madres a vender a sus bebés por 3000 euros, una auténtica fortuna en esas latitudes. Pero ¿qué se esconde tras el secuestro de bebés? La adopción ilegal es una posibilidad. El tráfico de órganos, otra. La investigación médica podría ser una tercera opción. Sean cuales sen los motivos, dichas prácticas deben ser erradicadas para tranquilidad de los padres y de la comunidad internacional. |
|