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23 de junio del 2007 |
Fondos, pensiones y dimisión por la izquierda
Joaquín Arriola
El dinero que cotizan los trabajadores españoles y que no se traslada a las pensiones de los jubilados, cuando el gobierno no decide (ilegalmente) gastarlo en otras cosas, se deposita en un denominado Fondo de Reserva, que supera en estos momentos los 40.000 millones de euros. Hasta ahora, este dinero se rentabiliza, de acuerdo a la ley de 2003, mediante la inversión en deuda pública, española y de otros países de la zona euro. El nuevo borrador del anteproyecto de la ley Reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social (FRSS) modifica la gestión del mismo en dos aspectos trascendentales: por un lado, permite la inversión de parte del fondo en activos financieros privados (art. 5) y por otro, externaliza la gestión del fondo, y esta externalización/privatización no se limita necesariamente a la gestión de inversiones en activos privados (artículo 9 del borrador), un asunto este sobre el cual no se ha llamado suficientemente la atención, porque implica la posibilidad de avanzar en la privatización de la gestión del conjunto del FRSS. De hecho, la privatización de la gestión es la segunda opción cuando el proceso de desamortización de los recursos públicos se enfrenta a alguna oposición consistente, como en el caso de la sanidad o, como vemos ahora, de las pensiones. Este cambio de orientación estratégica se justifica en la Exposición de Motivos del anteproyecto con tres razones: porque las dotaciones del FRSS han crecido mucho muy rápido; para mejorar la eficacia y a fin de introducir criterios de flexibilización. Es evidente que ninguna de estas "razones" justifica la decisión adoptada, puesto que en primer lugar, que el FRSS sea muy grande no es problema cuando la inversión en activos públicos se puede hacer en varios países, como ocurre actualmente; respecto al segundo argumento, la eficiencia parece referirse a la rentabilidad de las inversiones, pero no está claro que en el "horizonte temporal del fondo" (es decir, el tiempo entre hoy y el momento en que haya que utilizar el fondo para pagar pensiones), que es un horizonte temporal de largo plazo, los activos financieros privados debajo riesgo tengan una rentabilidad superior a los activos públicos. Más bien al contrario. Y finalmente, el término "flexibilización" es un término ideológico y político, no técnico. La flexibilización de la gestión se puede aumentar sin privatizar la gestión y sin invertir en activos financieros privados. Veamos la cuestión de fondo, con algunos argumentos técnicos. Para lo que nos interesa, los activos financieros son de dos tipos: a) los emitidos para realizar una inversión productiva (social o privada): en este caso, la rentabilidad del activo estará vinculada a la rentabilidad futura de la inversión: gasto público (rentabilidad social) o inversión productiva (beneficio). Y b) Los emitidos para realizar otra inversión financiera, es decir, los emitidos para realizar un traspaso de títulos de propiedad (por ejemplo, comprar acciones de una empresa en la bolsa, invertir en un fondo de inversión, comprar títulos de duda no al emisor primario -un Estado- sino a un tenedor de títulos -un banco o un fondo de inversión-, etc. Pues bien, la cuestión clave es que toda inversión financiera que no este vinculada a un gasto social o productivo es una inversión improductiva, cuyo único beneficio proviene de la modificación del precio a lo largo del tiempo. El beneficio obtenido, en ausencia de nueva producción (tan solo el resultado de un cambio de propiedad de los títulos) no es más que plusvalía redistribuida. Esto es muy importante tenerlo en cuenta: cuanto mayor sea el mercado secundario de títulos, y mayor el volumen de rentabilidad obtenida de estos títulos, mayor tendrá que ser la explotación de los trabajadores para generar la plusvalía que permita abonar la rentabilidad financiera. Y así y todo, periódicamente se producen procesos recurrentes de desvalorización masiva del capital financiero, como en el año 2002, cuando los fondos privados de pensiones, sobre todo estadounidenses y británicos sufrieron pérdidas de 2,7 billones de euros; de hecho, los activos en manos de los fondos de pensiones, que habían pasado de representar el equivalente a un tercio de la renta mundial en 1992, hasta alcanzar la cima del 46% de la renta mundial en 1999, se encuentran hoy de nuevo en los niveles de hace tres lustros. Y con un nuevo ciclo desvalorizador en puertas, para dentro de uno o dos años a lo sumo. Pero el problema no es que se haya elegido un mal momento para empezar a especular con el fondo de reserva. Al aceptar la inversión del FRSS en títulos financieros en el mercado secundario -es decir, cualquier mercado que no sea darle directamente el precio del título a la empresa emisora para un aumento de la producción- CCOO y UGT aceptan que el aumento de la rentabilidad del fondo de ahorro de las pensiones de los trabajadores provenga de un aumento de la explotación de esos trabajadores en el mercado (aunque quizá la "esperanza" de los dirigentes sindicales sea que los trabajadores explotados sean no los futuros pensionistas a cargo de la Seguridad Social española, sino los de las empresas españolas deslocalizadas en China o América Latina, todo a mayor escarnio del fenecido internacionalismo proletario). Por otro lado, la aprobación del anteproyecto responde sencillamente al acuerdo en la filosofía de fondo entre los interlocutores sociales, porque la ambigüedad del anteproyecto es total, trasladando al desarrollo reglamentario casi todo lo concerniente a la estrategia de inversión, de gestión etc. del FRSS. Este aspecto, el ideológico, es precisamente el más preocupante, porque queda demostrado que los que presumen de no responder a ninguna ideología libremente asumida, y por tanto sujeta a crítica, terminan adoptando la ideología dominante, sin percatarse del suceso. Entre los principales firmantes del acuerdo hay uno que presume de carecer de lo que sin duda está bien surtido. Adivinen quien puede ser. Por otro lado, y yendo al articulado del anteproyecto, se nota en seguida que este ha sido redactado con cierta precipitación. Así se puede identificar en los artículos 5 y 6 incluso una contradicción abierta con el objetivo de aumentar la rentabilidad del fondo: si "El nivel de riesgo global del Fondo debe ser bajo, a fin de no comprometer el cumplimiento de sus objetivos" y "El rendimiento obtenido por el Fondo debería ser el máximo posible compatible con el nivel de riesgo asumido, de acuerdo con el principio anterior", pues ya están comprometidos, porque como he indicado, los activos financieros privados de bajo nivel de riesgo tienen a largo plazo una rentabilidad menor que la deuda pública. La frasecita de "responsabilidad social, económica y ambiental en la selección de inversiones.", incluida con calzador al final del art. 5 para edulcorar el trágala es un brindis al sol: para que te hagas una idea, el fondo social de la BBK (la caja de AHORRO vizcaína) da una rentabilidad del 3,8%, y el Triodos Bank (banco europeo de inversión con criterios sociales) de 3,3% en depósitos a dos años, muy por debajo de la rentabilidad de la deuda pública: la responsabilidad social etc. no rinde en el marcado capitalista global). La clasificación de activos en los que se puede invertir, recogida en el artículo 6, incluye de hecho todo tipo de activos: a. Efectivo y depósitos en entidades de crédito. (su inclusión resulta paradójica; ¿alguien se puede creer que esto puede llegar a ofrecer más rentabilidad que la deuda publica?). b. Valores de renta fija emitidos por entidades públicas o privadas que cuenten con la calificación crediticia mínima otorgada por una agencia de calificación reconocida por la Comisión Nacional del Mercado de Valores que se establezca reglamentariamente y que estén admitidos a negociación en un mercado regulado o sistema multilateral de negociación. (es decir, bonos, certificados de depósito y títulos del tesoro). c. Acciones y otros instrumentos financieros que den derecho a la participación en los fondos propios del emisor, admitidos a negociación en un mercado regulado o sistema multilateral de negociación. (esto podría ser interesante, si el anteproyecto no amputara el derecho del FRSS a participar en la gestión de las entidades. se quiere evitar a toda costa la participación del sector público en la actividad productiva, aunque sea con criterios de mercado. El capital financiero es ventajista además de miedoso, y con buen criterio de clase, no quiere que un fondo de participación social y colectiva juegue en el mercado con las mismas bazas que ellos. Que los firmantes por la izquierda (es un decir) de este engendro asuman estas reglas de funcionamiento, dice mucho más del grado de profundidad de la crisis en que se encuentra el proyecto de emancipación social. d. Instrumentos financieros derivados (es decir, productos especulativos puros y duros, de alto riesgo -donde quedan los principios prudenciales anteriores? luego lo dicen: en el porcentaje de recursos invertidos en estos mercados especulativos de alto riesgo) que estén admitidos a negociación en un mercado regulado o sistema multilateral de negociación o que cumplan los siguientes requisitos: a) que la contraparte sea una entidad sujeta a supervisión prudencial y b)que las posiciones en instrumentos financieros derivados estén sujetas a una valoración diaria fiable y puedan liquidarse en cualquier momento a su valor de mercado mediante una operación de signo contrario a iniciativa del Fondo. Lo que pueda ser una valoración fiable, como no se dice lo que es, difícilmente se puede valorar, pero los productos derivados, por definición son opacos, poco transparentes, y la información es siempre parcial y escasa. solo la tienen los que participan de forma masiva en el mercado, y aun así se equivocan -default del hedge fund LTCM etc.) e. Acciones y participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva. (Con esto se quiere que los trabajadores financien con sus cotizaciones al ICO, Instituto de Crédito Oficial, que financia a las PYMES. ¿Será para que los empresarios no se quejen tanto de las cuotas patronales…? En todo caso, un ingenioso sistema para revertir en provecho del capital una parte del salario indirecto de los trabajadores. f. Otros valores e instrumentos financieros que se establezcan reglamentariamente o por el Comité de Supervisión y Control del Fondo de Reserva. (es decir, en lo que se les ocurra: mercado de futuros del oro, cacao, petróleo, etc.).p> Bien: de todo esto, lo único que podría ser interesante, es decir el uso del FRSS para influir en empresas o sectores estratégicos a través de criterios de mercado queda eliminado en el artículo 8: "evitar la concentración excesiva de riesgo de crédito y de mercado, así como la posibilidad de que el Fondo pueda ejercer una influencia significativa en una entidad". ¿Cuál es la razón técnica para limitar a "c) un porcentaje máximo de derechos de voto correspondientes al Fondo respecto al total de derechos de voto de un mismo emisor."? Pues ninguna razón técnica. Tan solo una razón política. Porque técnicamente, lo que se quiere aprobar es poner al FRSS a competir con los fondos privados en situación de desventaja estructural, castigándole antes de empezar a correr a ir a la pata coja. Lo más contrario a la libre competencia que pueda imaginarse, salvo que en el imaginario neoliberal, peor que la competencia limitada es la presencia del sector público y la voluntad colectiva. Visto el articulado y la orientación global del asunto, el desarrollo reglamentario será un tema a seguir muy de cerca, si es que no se consuma el colmo del esperpento, que nos llega con la noticia de que un alto jerarca de Comisiones Obreras recomienda al gobierno que dado que el partido de la derecha española se opone al anteproyecto, mejor que no se firme un texto acordado por la patronal, los dirigentes sindicales y el gobierno, supuestamente para el "beneficio" de todos los trabajadores. La negativa de la oposición de derecha, desmoviliza la acción de los representantes de los trabajadores. Entre el mundo al revés de Galeano y lo que importa es quien manda de Carroll, se encuentra la verdad del momento. |
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